¿Es delito no pagar los alimentos de los hijos?

¿Es delito no pagar los alimentos de los hijos?

Sí, en Colombia, no pagar las cuotas alimentarias de los menores constituye un delito. Específicamente, se tipifica como el delito de «inasistencia alimentaria». Aquí te proporciono información detallada:

Fundamento legal:

  • El delito de inasistencia alimentaria está contemplado en el artículo 233 del Código Penal colombiano.
  • Este artículo establece que quien se sustraiga, sin justa causa, a la prestación de alimentos legalmente debidos a sus descendientes, incurrirá en sanciones penales.

Consecuencias legales:

  • Las sanciones por inasistencia alimentaria incluyen penas de prisión y multas.
  • Las penas pueden variar dependiendo de la gravedad del incumplimiento y de la edad del menor afectado.
  • Cuando la inasistencia alimentaria se comete contra un menor de catorce (14) años, la pena es mayor.

Aspectos importantes:

  • Para que se configure el delito, debe existir una obligación alimentaria legalmente establecida, ya sea por acuerdo entre las partes o por decisión judicial.
  • La falta de pago debe ser injustificada. Si existen razones válidas que impiden el cumplimiento de la obligación, no se configura el delito.
  • Además de las sanciones penales, el incumplimiento de la cuota alimentaria puede generar otras consecuencias legales, como el embargo de bienes y salarios.

Qué hacer en caso de incumplimiento:

  • Si el padre o la madre no cumple con la cuota alimentaria, se puede presentar una denuncia ante la Fiscalía General de la Nación.
  • También se puede iniciar un proceso ejecutivo de alimentos para exigir el pago de las cuotas atrasadas.

En resumen, el incumplimiento de las cuotas alimentarias es un delito en Colombia, y existen mecanismos legales para garantizar el cumplimiento de esta obligación.

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