Las consecuencias legales por permitir el uso de una propiedad en actividades relacionadas con drogas pueden ser graves. Conoce qué dice la ley colombiana.

Destinar un bien mueble o inmueble —como una casa, apartamento, vehículo o bodega— para actividades relacionadas con la elaboración, almacenamiento, transporte, venta o consumo de drogas es un delito grave en Colombia. Incluso si no participas directamente, permitir o tolerar estas actividades en tu propiedad también tiene consecuencias penales.

¿Qué dice el Código Penal?
El Artículo 377 del Código Penal Colombiano establece:
“El que destine ilícitamente bien mueble o inmueble para que en él se elabore, almacene o transporte, venda o use algunas de las drogas a que se refieren los artículos 375 y 376, y/o autorice o tolere en ellos tal destinación, incurrirá en prisión de noventa y seis (96) a doscientos dieciséis (216) meses y multa de mil trescientos treinta y tres punto treinta y tres (1.333.33) a cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.”
¿Qué implica esto?
Puedes ser sancionado incluso si no eres el autor directo, pero autorizas o no impides el uso ilegal del inmueble o mueble.
La pena puede ir de 8 a 18 años de prisión, además de una multa que puede alcanzar hasta 50.000 salarios mínimos.
La propiedad puede ser objeto de extinción de dominio, es decir, perderla definitivamente a favor del Estado.

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