¿Qué sucede si destino un inmueble o mueble para el tráfico de estupefacientes?

Las consecuencias legales por permitir el uso de una propiedad en actividades relacionadas con drogas pueden ser graves. Conoce qué dice la ley colombiana.


Destinar un bien mueble o inmueble —como una casa, apartamento, vehículo o bodega— para actividades relacionadas con la elaboración, almacenamiento, transporte, venta o consumo de drogas es un delito grave en Colombia. Incluso si no participas directamente, permitir o tolerar estas actividades en tu propiedad también tiene consecuencias penales.

¿Qué dice el Código Penal?

El Artículo 377 del Código Penal Colombiano establece:

“El que destine ilícitamente bien mueble o inmueble para que en él se elabore, almacene o transporte, venda o use algunas de las drogas a que se refieren los artículos 375 y 376, y/o autorice o tolere en ellos tal destinación, incurrirá en prisión de noventa y seis (96) a doscientos dieciséis (216) meses y multa de mil trescientos treinta y tres punto treinta y tres (1.333.33) a cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.”

¿Qué implica esto?

  • Puedes ser sancionado incluso si no eres el autor directo, pero autorizas o no impides el uso ilegal del inmueble o mueble.

  • La pena puede ir de 8 a 18 años de prisión, además de una multa que puede alcanzar hasta 50.000 salarios mínimos.

  • La propiedad puede ser objeto de extinción de dominio, es decir, perderla definitivamente a favor del Estado.

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